Resumen del Artículo Disposición adicional cuadragésima quinta

Artículo Disposición adicional cuadragésima quinta del Ley Orgánica de Educación (LOE) — Disposición adicional cuadragésima quinta. Pruebas de acceso a la universidad establecidas en normativas anteriores. Quienes hayan superado las pruebas de acceso a la universidad establecidas en normativas anteriores mantendrán la calificación obtenida en su momento según los…

LOEVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional cuadragésima quintaDisposición adicional cuadragésima quinta

Disposición adicional cuadragésima quinta. Pruebas de acceso a la universidad establecidas en normativas anteriores.

Quienes hayan superado las pruebas de acceso a la universidad establecidas en normativas anteriores mantendrán la calificación obtenida en su momento según los criterios y condiciones que establezca el Gobierno, si bien podrán presentarse a los procedimientos de admisión fijados por las universidades para elevar dicha calificación.

Norma publicada: 3 de mayo de 2006

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional cuadragésima quinta

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional cuadragésima quinta del LOE?

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¿El Artículo Disposición adicional cuadragésima quinta del LOE está vigente?

El artículo Disposición adicional cuadragésima quinta del LOE está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional cuadragésima quinta dentro del LOE?

Forma parte del articulado del Ley Orgánica de Educación.

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